Aunque parezca algo normal, las autoridades podrían multarte por comercializar con cigarros sueltos. Checa de cuánto sería.
Los cigarros sueltos se han convertido en uno de los artículos más comunes en las calles, ya sea en las ‘tienditas de la esquina’ o en los puestos ambulantes es normal encontrar cigarros de distintas marcas, sin embargo pocos saben que vender estos artículos es ilegal y podría acarrear una multa para quienes los comercialicen.
De acuerdo con la Ley General para el Control del Tabaco, se establece sanciones claras y severas para quienes vendan cigarros sueltos en México, y es importante conocerlas para que no te tomen desprevenido y sepas a qué te enfrentas.
¿Cuáles son las multas que tendrás que pagar por vender cigarros en la calle?
De acuerdo con el artículo 16 de dicha ley, está prohibido comercializar, vender, distribuir o suministrar cigarrillos sueltos o en empaques de menos de catorce o más de veinticinco unidades, así como en el caso de tabaco picado en bolsas menores a diez gramos.
La ley también prohíbe colocar los cigarrillos en lugares que permitan al consumidor tomarlos de manera directa, por lo que todos los comercios ambulantes, tiendas y vendedores de cruceros no tiene permitido mostrar cigarros, ni venderlos por menos de catorce unidades. La ley contempla estás restricciones:
- Prohibición de vender o exhibir productos del tabaco en distribuidores automáticos o máquinas expendedoras
- Comercializarlos por teléfono, correo, internet o cualquier otro medio de comunicación
- No está permitido la distribución gratuita de productos de tabaco ni la promoción de objetos o elementos que puedan asociarse a una marca de tabaco
En la Ley General para el Control del Tabaco, se menciona en el artículo 48 que quienes incumplan con estas prohibiciones y disposiciones, pueden ser sancionados con multas que van desde mil hasta cuatro mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que para año es de $113.14 pesos, es decir las sanciones oscilan entre los 113 mil 140 pesos hasta los 452 mil 560 pesos.

En casos de reincidencia o resistencia a la autoridad por parte de los vendedores, dicha ley contempla otras medidas, tales como: clausura temporal o definitiva del negocio, revocación de licencias de funcionamiento o multas acumuladas.


