¿Qué decidió la Suprema Corte sobre derechos de autor el pasado 30 de mayo?
El Pleno de la Suprema Corte, avaló el sistema de retirada de contenidos de internet, sin responsabilidad y con previo aviso a los titulares del derecho de autor.
Luego de que la SCJN avalara reformas para que proveedores y plataformas de internet puedan eliminar contenidos por supuestos derechos de autor, organizaciones denunciaron censura y violaciones a los preceptos de libertad de expresión.
Con 6 votos a favor y 5 en contra se resolvió validar reformas a la Ley Federal de Derechos de Autor (LFDA) y el Código Penal Federal, impugnadas en acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y diversas senadoras y senadores del Congreso de la Unión.
Dichas reformas han sido criticadas por organizaciones que defienden la libertad de expresión, al considerar que se trata de un acto de “censura digital”. Esta regulación fue establecida en el Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Con esto, la Corte avaló que los proveedores de servicios en línea remuevan, retiren, eliminen, inhabiliten o suspendan el acceso a contenidos dispuestos en las redes que haya sido difundido sin el consentimiento del titular, siempre y cuando se haya recibido previamente el aviso de dicho titular, quien debe acreditar su interés jurídico o la orden puede provenir de una autoridad.
Además de que se deben tomar “medidas razonables” para prevenir que el mismo material se vuelva a subir.