La Secretaría de Educación Pública (SEP) formalizó la entrada en vigor de los lineamientos nacionales para la prevención, atención y medidas de no repetición del maltrato en educación básica. Publicados en el Diario Oficial de la Federación, los nuevos criterios obligan a todas las autoridades educativas del país a implementar protocolos que aseguren que los planteles sean espacios libres de violencia, inclusivos y seguros para niñas, niños y adolescentes.
Marco legal y fundamento de la política
El Acuerdo 25/09/25, impulsado por el secretario Mario Martín Delgado Carrillo, se sustenta en la Constitución mexicana, la Ley General de Educación y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, además de tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño. Estas normas establecen que el interés superior de la niñez debe guiar toda política pública, lo que obliga a garantizar el desarrollo integral y la protección contra cualquier forma de violencia o discriminación.
Las disposiciones emitidas son de carácter obligatorio para autoridades federales, estatales y municipales, así como para directivos escolares. Los gobiernos locales cuentan con 90 días hábiles para armonizar sus protocolos con el acuerdo federal.
Definición de maltrato y ámbitos de aplicación
El documento oficial establece que el maltrato puede ser físico o emocional y se define como toda acción u omisión que dañe la dignidad, integridad, salud o desarrollo de niñas, niños y adolescentes.
- Físico: golpes, pellizcos, tirones de cabello, empujones o cualquier uso de la fuerza.
- Emocional: humillaciones, estigmatización, ridiculización, aislamiento o desatención de necesidades afectivas y educativas.
Los lineamientos reconocen que estas conductas pueden ocurrir en tres entornos: escolar, familiar y comunitario.
Estrategia en tres fases
El acuerdo plantea una estrategia dividida en prevención primaria, atención integral y medidas de no repetición.
Prevención primaria
Busca fomentar una cultura de respeto dentro de las escuelas. Para ello, las autoridades deberán diseñar programas que fortalezcan la formación continua de docentes con enfoque humanista, incluir temas como disciplina formativa, autocuidado, igualdad de género y masculinidades alternativas. Asimismo, se impulsarán campañas de sensibilización dirigidas a padres, madres y tutores.
Atención integral
La respuesta ante casos de maltrato se organiza en cuatro momentos:
- Detección: identificación de conductas o señales de riesgo por parte de cualquier miembro de la comunidad escolar.
- Notificación: creación de canales formales como buzones, líneas telefónicas y portales electrónicos. El personal escolar tiene la obligación de informar a sus superiores y a las autoridades de protección infantil.
- Intervención: acciones inmediatas para proteger a la víctima, asesorar a las familias y retirar temporalmente del cargo a la persona señalada, respetando el debido proceso.
- Seguimiento: registro estadístico de casos, planes de restitución de derechos y acompañamiento pedagógico.
Medidas de no repetición
Este apartado busca evitar que los casos se repitan. Se incluyen sanciones administrativas en caso de reincidencia, creación de espacios de reflexión y participación activa de niñas, niños y adolescentes en la construcción de acuerdos. Además, se aplicará un enfoque diferencial e interseccional para atender causas estructurales del maltrato.
Coordinación interinstitucional
Los lineamientos señalan la necesidad de articular esfuerzos entre educación, salud, seguridad y protección social. Cada entidad deberá elaborar directorios de instituciones de apoyo, consolidar redes comunitarias y establecer mecanismos de colaboración con procuradurías y fiscalías.
La SEP subraya que la implementación se enmarca en la visión de la Nueva Escuela Mexicana, orientada a la equidad y al logro de aprendizajes en entornos seguros. Con este acuerdo, México fortalece la protección legal y operativa de su población escolar.


