Entra en vigor nueva Ley de Bomberos en Veracruz; Alcaldías, obligadas a ayudarlos

Este martes entró en vigor el decreto que reforma diversas disposiciones a la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de Veracruz, por lo que ya es una obligación para los ayuntamientos, a partir del ejercicio fiscal 2024, contemplar en sus presupuestos anuales de egresos, recursos económicos para esas corporaciones de auxilio.

A partir de hoy corre un plazo de 120 días hábiles para que el titular del Poder Ejecutivo emita el Reglamento de la referida Ley.

Las reformas señalan que en cada región del Estado de Veracruz podrán instalarse las comandancias y jefaturas de estaciones o subestaciones necesarias y para ello, deberá observarse la regionalización que establezca la Secretaría de Protección Civil, conforme a la Ley en la materia.

La estaciones y subestaciones de los cuerpos de bomberos deberán estar ubicados preferentemente en lugares estratégicos que permitan acudir rápidamente a combatir los incendios, así como apoyar acciones de protección civil.

Cada región prioritaria del Estado de Veracruz podrá contar con una Estación y con aquellas subestaciones que sean necesarias para afrontar las emergencias.

Además, las estaciones y subestaciones deberán contar con una infraestructura adecuada y con los equipos necesarios para brindar los servicios de prevención y atención de emergencias, preponderantemente de prevención y combate de incendios, así como de apoyo en acciones de protección civil.

Al respecto, en el Reglamento de la presente Ley, se determinará el equipo básico con el que deberán contar los cuerpos de bomberos según su clasificación.

Así también, los cuerpos de bomberos podrán conformarse de acuerdo con la capacidad presupuestal de cada Ayuntamiento y bajo cualquier figura jurídica que permita su operatividad.

Serán sujetos de los derechos, los cuerpos de bomberos que se encuentren registrados ante la Secretaría de Protección Civil y, que en su caso, estén adscritos a los ayuntamientos.

De igual manera, con el propósito de contribuir e impulsar la cultura de la protección civil y la reducción del riesgo de desastres, se establece que los cuerpos de bomberos podrán instrumentar programas permanentes de capacitación para la prevención y mitigación de riesgos de incendio, dirigido a niñas, niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad.

Y podrán impartir cursos básicos desde temprana edad, con el objetivo de proporcionar conocimientos integrales y habilidades para fortalecer la salvaguarda, integridad física y salud de las personas, su patrimonio y su entorno.

Los programas de capacitación considerarán los enfoques transversales de perspectiva de género, derechos humanos e interculturalidad; lo cual impactará en la toma de decisiones diferenciadas y contextualizadas para la reducción de las vulnerabilidades por exclusión y discriminación.